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Procesos para títulos en República Dominicana

Los procesos para la obtención de títulos de propiedad aún  son complicados y lentos en República Dominicana, a pesar de que las autoridades han hecho varios intentos para facilitar los procedimientos que se llevan a cabo desde la Jurisdicción Inmobiliaria.  
Así lo consideró un grupo de empresarios del sector construcción, que manifestó que todavía en este país hay que esperar mucho tiempo para sacarle los títulos a las propiedades inmobiliarias.


El administrador de la Constructora Tierra Alta, Máximo Gómez, consideró que aunque los procedimientos para obtener títulos han ido mejorando, todavía hay muchas dificultades que hacen que el proceso sea más lento.
“En este momento el asunto es bastante complicado, porque aquí hay un desorden muy grande en lo que tiene que ver con la -carta constancia- y en la actualidad existe una gran cantidad de títulos que no son definitivos”, indicó.
Sin embargo, manifestó que está confiado de que en los próximos dos años será más sencillo el procedimiento para la titularización de propiedad ya que la ley de la Jurisdicción Inmobiliaria fue modificada para hacer más fácil.
En tanto que el vicepresidente de la Cámara Dominicana de la Construcción (Cadocon), Cristian Ciccone, dijo que en la actualidad la titularización de propiedades es muy difícil, situación que provoca alejamiento de inversiones.
La encargada del Departamento Legal de la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa de la Construcción (Copymecon), Nancy Cruz, entiende que los procesos en la Jurisdicción Inmobiliaria son muy lentos y que en ocasiones hay expedientes que se toman hasta más de dos años para la titularización de propiedad que todavía no han sido deslindada.


Jurisdicción Inmobiliaria
El director de Registro de Títulos de la Jurisdicción Inmobiliaria, Wilson Gómez, dijo que se requiere elevar el nivel de conciencia tanto de los usuarios internos, que son los funcionarios administrativos, jueces y empleados de esa institución, en fin los servidores del sistema registral inmobiliario del país, así como de los usuarios externos en el sentido de entender correctamente los alcances y la trascendencia de la función social en interés de propiciar los más altos niveles de seguridad jurídica y despachar los expedientes en tiempo oportuno y sin pérdida de tiempo.
Manifestó que las inversiones nacionales y extranjeras se apoyan en el crédito territorial. El turismo, la construcción, las plazas y grandes negocios que se crean y establecen en el país, por lo general se apoyan en la hipoteca y, en el futuro inmediato, en la figura jurídica que ha llegado a República Dominicana, que es el fideicomiso.
Constacia Anotada
Dijo que la diferencia entre la Constancia Anotada y el Certificado de Título radica en el hecho de que la Constancia Anotada, llamada popularmente por la gente “Carta Constancia” porque en su origen era otorgada en un papel bond 20” del tamaño 8 O x 11 pulgadas, solo hace prueba de que el titular de la misma tiene un derecho dentro de determinada parcela y nada más.
En cambio, el Certificado de Título individualiza el derecho y el titular del mismo sabe con exactitud donde está ubicado su derecho en la parcela, la extensión superficial debidamente determinada y sus linderos, por lo que vale decir qué tiene el inmueble al norte, al sur, al este o al oeste.
Explicó que en este caso se dice, registralmente hablando, que se cumple el principio de especialidad y por tanto la seguridad jurídica es mayor.
Informó que en sentido general el que tiene un derecho en una Constancia Anotada tiene que deslindarse, salvo que la constancia haya sido expedida con relación a un apartamento o local, que ahora se denomina de manera genérica unidad funcional. Ese documento tiene, en esa particular situación, fuerza de Certificado Título.
LO QUE SE HA HECHO PARA AGILIZAR PROCESOS
La abogada Mirna Amiama Nielsen, expresó que después de un año de haberse celebrado el Seminario sobre Jurisdicción Inmobiliaria por el Comité Legal de la Cámara Americana de Comercio de República Dominicana, la Suprema Corte de Justicia y el Consejo del Poder Judicial acogieron la propuesta surgida en el seminario, de conformar 4 mesas de trabajo a fin de identificar soluciones a los principales obstáculos que se encuentran al realizar cualquier tipo de trámite ante la Jurisdicción Inmobiliaria.

Las mesas de trabajo formadas fueron nombradas: Ley de Mercado Hipotecario y Fideicomiso, Registro de Títulos, Tribunales de Tierras y Mensura Catastral.
Entre otros puntos, mediante la mesa de trabajo Registro de Títulos, se aprobó la creación de la Ventanilla Única para Grandes Usuarios.


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Grupo Metro Juan Dolio



El Group Metro está reconocido como el líder comercial de la República Dominicana en lo referente a transporte, turismo e inmuebles.


Entrevista  Dr. Luis José Asilis, Group Metro




Con el liderazgo de su visionario Director Ejecutivo, el Dr. Luis José Asilis, Group Metro ha desempeñado un papel fundamental en dar a conocer a la República Dominicana como uno de los principales destinos turísticos del Caribe.Su gama de servicios de categoría superior, con precios accesibles, atrae a una amplia variedad de clientes. Group Metro representa el punto máximo de la confiabilidad y la excelencia, ya sea para encontrar a un lujoso residente costero para un comprador local o internacional, para planificar viajes para que una familia disfrute de viajar por todo el país o para trasladar a los visitantes de una localidad a otra.




La principal agencia de viajes y la línea de autobuses interurbanos de Group Metro brindan un servicio de primer nivel y se esfuerzan por superar constantemente las expectativas. Los proyectos inmobiliarios de lujo de la empresa, desde su emblemática propiedad, 
Metro Country Club, hasta los complejos en condominio frente al mar (Costa del Sol, Marbella, Costa Blanca y Las Olas), han captado la atención de los inversores de todo el mundo y han atraído a nuevos residentes a la República Dominicana.

 Aquí encontraras una gama completa de servicios para trabajar, vivir y, especialmente, divertirse.

Si deseas saber mas de este proyecto no dudes en contactarme. info@engelthen.com
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MICHES, NUEVO POLO TURISTICO ?

 El primer proyecto de infraestructura que contiene el Plan de Ordenamiento Territorial Turístico Costa de Miches es el diseño y la construcción del Malecón de la ciudad.




Así lo informó ayer la directora de la Oficina de Planificación y Proyecto del Ministerio de Turismo (MITUR), Maribel Villalona, quien presentó a los alcaldes de Miches, Sabana de la Mar y el Distrito El Cedro, el plan que busca convertir esa región en un destino turístico con visión de futuro.


Con este proyecto se busca reactivar la zona creando un área de interés turístico y comercial en la primera manzana del frente marítimo.





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La valoración actual de los inmuebles y la DGII



La valoración actual de los inmuebles  y la DGII




Valorar los inmuebles es esencial en la aplicación de distintos impuestos. Sin embargo, tanto desde el punto de vista legal como práctico la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) utiliza distintas valoraciones para un mismo inmueble, dependiendo del impuesto de que se trate, lo cual crea distorsiones.


1) En los impuestos sobre la Renta y Ganancia de Capital el impuesto se calcula por la diferencia entre el valor de adquisición, ajustado por inflación, y el valor de venta del mismo, de donde resulta importante determinar el verdadero valor de adquisición y de venta.


2) En el aporte en naturaleza a sociedades el Impuesto sobre la Renta o Ganancia que pueda surgir dependerá del valor que se le dé al inmueble aportado.


3) En el Impuesto sobre Sucesiones el impuesto a pagar dependerá del valor que tenga el inmueble heredado.


4) En el Impuesto sobre Operaciones Inmobiliarias el impuesto de 3% a las transferencias ó 2% a las hipotecas también depende del valor del inmueble.


5) En el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI) y el Impuesto a los Activos de Sociedades el impuesto dependerá del valor de los inmuebles que posean.




Mientras el artículo 402 del Código Tributario señala que para los fines del Impuesto sobre Activos los inmuebles no serán ajustados por inflación, para los fines del IPI a las personas físicas la DGII actualiza constantemente sus valores.
Debido a que los particulares utilizan las subvaluaciones en los precios de venta para disminuir sus impuestos, en 1998 la DGII emitió su Norma General 2-98, afirmando que en los casos de bienes inmuebles, el valor mínimo admisible como precio real en el traspaso será del 70% de su valor de mercado y que la DGII tendría facultad para determinar el valor de mercado de un bien sujeto a traspaso.

Asimismo, esta Norma General 2-98 señaló que cuando la transferencia del inmueble sea parte del activo fijo de una empresa, los mismos podrán ser enajenados por el valor ajustado por inflación y depreciación según los métodos establecidos por el Código Tributario.


No obstante, es frecuente observar las constantes contradicciones que hace la DGII al aplicar los impuestos que recaen sobre los inmuebles o las ganancias que se derivan de sus ventas, valorando en formas distintas los inmuebles, según el impuesto de que se trate.


Para evitar estas diferencias de valoraciones y algunas arbitrariedades, la Ley 108-2005 sobre Registro Inmobiliario, señaló que el Catastro Nacional es el único organismo con autoridad jurídica para certificar y valuar los bienes inmuebles, para fines impositivos, quitándole a la DGII toda facultad para valorar inmuebles a los fines de contribución fiscal.




Esta disposición de la ley 108-2005 fue aplicada por el Tribunal Superior Administrativo mediante sentencia 078-2009, del 30 de octubre del 2009, al expresar que no obstante la determinación realizada por la DGII Internos el valor del inmueble está determinado por la tasación realizada por Catastro Nacional.





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Invasion a la Propiedad privada

Desalojo Dominicano





El Ministerio Público podrá solicitar a los tribunales sanciones de 2 a 10 años de cárcel para los acusados de violentar y ocupar terrenos privados, según las reformas que el Congreso Nacional busca introducir al Código Procesal Penal (CPP). 




 Las penas están contempladas en un proyecto de ley elaborado por el diputado Henry Merán, quien también forma parte de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, coordinadora de las modificaciones. El CPP y la nueva ley, dijo, se combinarían para responder a una necesidad periódicamente denunciada por el abogado del Estado, el cual se reconoce como incapaz de perseguir eficientemente a los invasores de terrenos.

A la fecha, aseguró Merán, la invasión de tierra es denunciada por campesinos, comerciantes, empresarios, organizaciones comunitarias y otros actores sociales, pero la fuerza pública no cuenta con un marco jurídico actualizado para enfrentar la problemática.


“Hay personas que te rompen una cerca, te violan la propiedad y te la ocupan, sin que se les pueda aplicar sanciones mayores de dos años de cárcel, como mucho”, declaró Merán, representante de San Juan por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).





 En la propuesta de ley también se protegen las propiedades de dominio privado que son del Estado, las cuales suelen ser objeto de ocupaciones. Merán sostuvo que los legisladores habían tipificado la violación de propiedad, pero nunca la invasión. Los códigos Procesal Penal, Penal y del Menor serán presentados al hemiciclo de la Cámara de Diputados en un plazo no mayor de 13 días. 




Ejecutando esta la Ley en Santo Domingo 




Desalojo en BrisadeEste









La Jefatura de la Policía Nacional declaró que su intervención en el desalojoen el sector Altos de BrisadeEste, donde un resultaron heridos un mayor policial, y un empleado del Ayuntamiento Santo Domingo Este, así como el diputado y sindicalista Juan Hubieres, esta apoyada en una ordedel Abogado del Estado.


Dijo que mediante oficio 832, de fecha 25 de julio, del presente año, la Oficina del Abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria, otorgó la fuerza pública a favor del Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE), para que pueda desalojar a los ocupantes de varias parcelas, entre ellos Andrés Urbáez, Francisco Liriano, Juana Martínez, Daniel Lorenzo, Pablo Lorenzo, Jaime García, Melvin Sosa, Leoniples de Oleo, Reinoso Alcántara y Misal Nicolás.

"Es en virtud de esta disposición que la Policía Nacional intervienen el referido desalojo, donde sus agentes fueron agredidos a tiros, cartuchazos y pedradas, por decenas de personas, razón por la que repelieron la agresión, haciendo un uso comedido de la fuerza, a los fines de evitar muertes",declaró la PN.


La Policía dijo que fruto de la agresión resultaron heridos el mayor policial Alejandro Benítez Minier y Eddy Carmona Martínez, operador de una “pala mecánica”, quienes presentan heridas por armas de fuego en distintas partes del cuerpo.

"Ambos fueron heridos por una turba de personas, entre ellos choferes deFENATRANO, que se resisten a ser desalojados de unos terrenos reclamados por las autoridades, ubicados en el sector Altos de BrisadeEsteEn mediode la agresión y ante la respuesta de las autoridades, resultaron con heridas leves de perdigones el sindicalista y diputado Juan Hubieres y otras personas que le acompañaban", indicó la PN.


La Policía indicó, además, que unas 20 personas se encuentran detenidas en el Destacamento de Villa Duarte, algunas de las cuales se les ocupó armas de fuego.









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Oferta de casas sin compradores

Oferta de casas sin compradores

Debido a que la demanda de viviendas no está acorde con las  ofertas, en la actualidad esto ha permitido que los clientes marquen las pautas de las operaciones inmobiliarias.


Las condiciones actuales en el sector inmobiliario, es que no hay un subsidio al cliente para la adquisición de viviendas dirigida a clase baja y de carácter social, el sector privado no se va a motivar porque no va a encontrar comprador. Quién le va a comprar, si no pueden comprar ni los de las clase media, menos los de la clase baja”, 
Existe  una gran cantidad de viviendas de clase media que están disponibles básicamente porque las exigencias bancarias y la incredulidad de la estabilidad de las tasas provocan temor en los clientes de este renglón social.
La demanda no va a tono con las ofertas inmobiliarias actuales
y las  ofertas están enfocadas a la clase media porque los más pobres no cuentan con los ingresos para comprar y tienen menos posibilidades de crédito.
Se ha realizado un  estudio que revelaba que la oferta inmobiliaria es de 10,000 unidades en el país.
Sin embargo, el mercado hipotecario está en gran medida dirigido a la clase media, la cual no compra en proporción a la oferta debido a las exigencias bancarias y a la variación de la tasa de interés.



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Consejos para invertir en bienes raíces

Consejos para invertir en bienes raíces






Mucha gente nos diría que los bancos, los ahorros a plazo fijo o las inversiones en la bolsa de valores son las mejores opciones. Pero, ¿es esto la verdad? No se trata de un juego de azar.


Nuestros ahorros son la garantía de una vejez sosegada, de una educación para nuestros hijos asegurada y de una vida realmente de calidad. Los noticieros nos informan a diario sobre la caída de los mercados, la recesión, el desempleo y el fantasma de la guerra que ronda por todos los rincones del mundo. Ante estas perspectivas, no hay mucho qué hacer… ¿o lo hay? El más simple de los análisis nos puede mostrar una mejor alternativa a las que dejamos planteadas: la inversión inmobiliaria. Sin importar la fecha, la temporada, el momento económico, los bienes raíces conservan su valor e incluso lo incrementan. No solo sirven como respaldo, colateral o garantía hipotecaria, son en sí mismas una muestra de solidez, de constancia, de realización personal. El tiempo no se detiene. Y nuestras vidas tampoco.


Una inversión correcta y a tiempo puede ser la diferencia entre la carestía y la bonanza, entre la salud y la enfermedad, entre la ignorancia y el conocimiento. A la hora de revisar nuestros actos, en retrospectiva, todos queremos sentir la certeza de haber hecho lo correcto. Esto no siempre es posible, sobre todo si no se piensa serenamente y a tiempo.


La mejor inversión de su vida está al alcance de su mano. La mejor inversión de su vida es Dios, y hacer las cosas con amor, el según paso es la sección inmobiliaria para inversión. Si desea invertir en Republica Dominicana Annette Then le presentara las mejores opciones para invertir en Republica Dominicana. contactenos,info@engelthen.com




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Los depositos de Alquiler en el Banco Agricola

Los depositos de Alquiler en el Banco Agricola 

  Un informe de ese sector explica que en el proyecto de ley no se elimina de manera expresa el artículo 1 de la ley No. 17-88, que establece que “Los propietarios y encargados de casas, apartamentos, edificios, oficinas y espacios físicos para alquiler en las zonas urbanas y suburbanas, o de almacenes, naves industriales y similares, así como de instalaciones para servicios turísticos, hoteleros o de recreación cualquier que sea su ubicación, estarán obligados a depositar y mantener en el Banco Agrícola las sumas que exijan a los inquilinos o empresarios como depósito, adelanto, anticipo u otra denominación, para garantizar el pago de los alquileres o el cumplimiento de cualquier otra obligación legal o convencional derivada del contrato”.Observan que el proyecto se limita a modificar el párrafo II del Artículo 1 de la señalada Ley, para que establezca que “en los casos de contrato de alquiler para vivienda, cuando el contrato no especifique las sumas adelantadas por el inquilino, se reputará que el adelanto entregado equivale a una mensualidad por cada año de contrato”. El informe recuerda que la ley originaria de esos depósitos establecía un recargo máximo de 50% solamente para los que incumplían y que la Ley 17-88 de octubre de 1988 también sólo establecía un recargo máxima de 50% solamente para quienes incumplieran. En cambio, advierte que el nuevo proyecto establecería un recargo como penalidad por incumplimiento de un 20 por ciento por cada mes dejado de cumplir la Ley, sin límite de tiempo ni de cantidad de dinero, por lo cual interpretan los inmobiliarios que con esa iniciativa “sólo se conseguiría despojar a la larga, al propietario de su casa o local comercial”. Aclara que un principio del Derecho Tributario consagra que ningún impuesto debe tener carácter confiscatorio, lo cual se produce cuando se despoja al dueño de su propiedad. Asimismo, el informe de este sector empresarial dice que las complicaciones que acarrearía ese proyecto de ley para a las administraciones de empresas de servicios, al establecer “como condición previa y obligatoria a la firma de todo contrato de servicio para el suministro de energía eléctrica, agua potable, teléfono, Internet y cable, las empresas prestatarias de dichos servicios quedan obligadas a exigir a los solicitantes, fueren estos personas físicas o jurídicas, la presentación de la documentación justificativa de la condición bajo la cual ocupan el inmueble o la instalación para la cual se solicita el suministro”. Y advierte en su párrafo 1 que en el caso de que el inmueble o la instalación para la cual se solicita el suministro sea de su propiedad, el solicitante deberá presentar la documentación que le otorga la propiedad legal del mismo”. Se señala que muchos propietarios de viviendas carecem de documentos legales que avalen su propiedad. El proyecto estable que “en el caso de que el inmueble fuere alquilado, se deberá presentar el contrato de alquiler, debidamente registrado en el Banco Agrícola”. Dejanos Saber que opinas!!!

LEY 4314 Aplicación de los valores en el inquilinato

LEY 4314 Que regula la prestación y aplicación de los valores en el inquilinato, modificada por la ley 17-88 de fecha 05 de febrero del año 1988.  


 Del 22 de octubre del año 1955. 


 Art1.- Los propietarios y encargados de casas, apartamentos, edificios, oficinas y espacios físicos para alquiler en las zonas urbanas y suburbanas; o de almacenes, naves industriales y similares, así como de instalaciones para servicios turísticos, hoteleros o de recreación cualquiera que sea su ubicación, estarán obligados a depositar y mantener en el Banco Agrícola las sumas que exijan a los inquilinos o empresarios como depósito, adelanto, anticipo u otra denominación, para garantizar el pago de los alquileres o el cumplimiento de cualquier otra obligación legal o convencional derivada del contrato.


 "Párrafo I.- En todo contrato de alquiler se reputará que el inquilino, al momento de la contratación, entrega al propietario o encargado, en dinero efectivo, el valor equivalente a por lo menos un (1) mes de alquiler en los contratos de hasta un año; de dos (2) meses de alquiler en los contratos de dos años o de año y medio en adelante; y de tres (3) meses de alquiler en los contratos de tres años o más, o de dos años y medio en adelante; todo, sin perjuicio de la exigibilidad del depósito completo en el Banco Agrícola en caso de depósitos, adelantos o anticipos de mayor monto".  


 Art. 2.- Las sumas entregadas por los inquilinos en el concepto que se indica en el artículo anterior, deberán ser depositadas por el propietario, su representante o encargado, junto con un original del contrato de alquiler en los quince (15) días de su vigencia, en cualquiera de las Sucursales u Oficinas Satélites del Banco Agrícola de la República Dominicana, o en las de los agentes que el citado Banco designe. El Banco llevará un registro de los contratos depositados, los que desde ese momento tendrán fecha cierta.


 "Párrafo I. - De no efectuarse el depósito en el plazo indicado en este artículo, el propietario pagará un recargo de diez por ciento (10%) por cada mes de demora, sin que el mismo sobrepase en ningún caso el cincuenta por ciento (50%) de la suma a depositar. El importe del recargo se agregará a la suma original, y a favor del inquilino".


 "Párrafo II.- También serán depositados en el Banco Agrícola de la República Dominicana, los alquileres cuyo valor se niegue a recibir el propietario según el Artículo 8 del Decreto No. 4807 del 16 de mayo de 1959, sobre Control de Alquileres, que disponía su depósito en las Colecturías de Rentas Internas. Los inquilinos, al proceder al depósito, deberán ofrecer los datos que permitan identificar el contrato, o en todo caso indicar los nombres y dirección del propietario o encargado, el número de la casa alquilada y el mes a que corresponda la suma depositada. El Banco recibirá dichos valores en consignación, a favor de los propietarios de los inmuebles alquilados. El recibo que por este concepto expida, así como la constancia de no haberse realizada consignación, estarán libres de toda contribución o cargo".









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Las tasas de interés hipotecarias

 Tasas de interés hipotecarias

 Los movimientos de las tasas de interés hipotecarias tienen un impacto directo sobre una parte importantes de la población que ha recurrido al financiamiento para alcanzar el sueño de cualquier persona: obtener su vivienda.
Los efectos de las variaciones de los montos a pagar cada mes son diferentes en las economías de cada familia en particular. Y es que cuando las tasas suben, el presupuesto destinado para cada mes debe ser ajustado, con el fin de responder a ese incremento del pago del financiamiento de la vivienda.
La tasa hipotecaria promedio de todo el año se encuentra en 13.53%. Además, ha experimentado ascensos constantes desde que se inició 2011, pues su porcentaje promedio más bajo corresponde al primer mes del año y el más alto a agosto, según las estadísticas del Banco Central.
Entre enero y agosto de este año, el precio promedio de los préstamos hipotecarios creció 18.59%, ya que al inicio de 2011 la tasa se encontraba en 12.80%, mientras que en el octavo mes llegó a estar a 15.18%.
El promedio de la tasa comenzó una serie de descensos desde inicios de septiembre para colocarse, el 9 de este mes a 14.32%, el porcentaje más bajo desde junio.


Entre febrero y marzo la tasa hipotecaria presentó un comportamiento irregular al resto de los demás meses, debido a que experimentó un descenso de 3.74%, porcentaje equivalente a 0.48 en términos absolutos.
Durante los primeros cuatro meses, el promedio de los intereses de este tipo de préstamos se mantuvo en el rango del 12%. En mayo alcanzó el 13.23%, en junio alcanzó el 14.07% de interés, mientras que en julio y agosto rompió la barrera del 15%, colocándose en 15.08 y 15.18, respectivamente.
Los movimientos al alza del precio de los préstamos para viviendas se mantuvieron constantes casi todos los meses del año, revelan los datos del Banco Central. Sin embargo, en la primera semana de septiembre la tendencia se revirtió al finalizar la primera semana de ese mes, cayendo un 2.10%, pues se encontraba en 15.18 y descendió a 14.86.
Para la segunda semana de septiembre, entre los días cinco y nueve, se produjo otro descenso del promedio de la tasa hipotecaria. Esta vez de 3.56% y se localizó a 0.53% de interés por cada préstamo, ya que su precio era de 14.33%. El Banco Central ubica en 14.50% la tasa promedio hasta el nueve de septiembre. El monto de interés de los préstamos hipotecarios se ha mantenido fluctuando entre 13.86% y 15.37%. La última tasa publicada fue de 14.32%.
ALZAS DE LOS ÚLTIMOS MESES 
Las alzas en los préstamos hipotecarios durante agosto y septiembre ha sido, de cierto modo motivo de controversia, pues ha sido acompañada del cobro del 1% de los activos de la banca, establecido en la última reforma fiscal para cumplir con el Fondo Monetario Internacional.
Hay quienes han planteado que los bancos han traspasado este impuesto a los consumidores. El gobernador del Banco Central, Héctor Valdez Albizu, planteó que los bancos subieron las tasas más de lo previsto. En tanto que el superintendente de Bancos, Haivanjoe Ng Cortiñas, afirma que todo se debe a las leyes del mercado.Dejanos Saber que opinas!!!

Inmobiliaria de alquiler corporativo es un concepto en auge

GRANDES FIRMAS PREFIEREN ALQUILAR ESPACIOS A CONSTRUIR 

No todo el que construye lo hace para vender. Hay quienes incursionan en el negocio inmobiliario con la intención de alquilar. Y todo indica que da buenos resultados. Ahora bien, el compromiso que se asume al disponer de espacios para la renta y administración corporativa implica asumir responsabilidades, las cuales se inician en el momento mismo del primer picazo de la obra. La calidad debe ser de primer orden, pues ahí descansa el futuro de la empresa.
 La ubicación es clave para este tipo de proyectos. Debe estar cerca de los principales agentes de comercio o negocios del país y desde donde se tenga conexión con el resto del mundo. La inmobiliaria para alquiler depende de estos y otros factores. La responsabilidad y experiencia del constructor son claves para el desarrollo de edificios corporativos de primera línea y su visión enfocada en ser líderes del desarrollo e innovación del mercado inmobiliario en República Dominicana.


 Los Mejores edificios comerciales se encuentran localizados en el ensanche Piantini (Torre Sonora), Naco (Novo Centro) Bella Vista ( Sarasota Center) ubicados estratégicamente en las principales calles de Santo Domingo .


 Los desarrolladores de este tipo de concepto en el mercado local, ofrecen precios y costos operativos competitivos, incluyendo en su oferta de servicios la administración corporativa y asesoría de negocios en el área de la propiedad inmobiliaria. Creando con libertad para suplir el mercado con un valor agregado uniendo talentos y esfuerzos para el logro de objetivos comunes como factor clave que permite sumar experiencia, conocimientos y habilidades para lograr dichos objetivos, en un ambiente de confianza, comunicación permanente y respeto, aportando un modelo sostenible del mercado inmobiliario corporativo local.


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Impuestos en Republica Dominicana

Impuestos en Republica Dominicana


He escuchado decir que en el país hay pocos impuestos, lo cual me motivó a realizar un breve análisis de los principales o más visibles impuestos vigentes en el país, que son los siguientes:

 I.- Impuestos Internos.

 1) Impuesto sobre la Renta, que grava hasta con un 29% los beneficios de las empresas y con un 25% a las personas físicas, incluyendo un Impuesto a las Ganancias de Capital derivadas de la enajenación de activos de capital.
2) Impuesto sobre los Activos de las Empresas, que grava con un 1% los activos de las empresas, incluyendo las instituciones bancarias.
 3) Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), que establece un impuesto general de un 16% a las ventas de bienes y servicios.
 4) Impuesto Selectivo al Consumo, que grava con una tasa variable, dependiendo del producto, algunos servicios como las Telecomunicaciones, los Seguros, las Transacciones Bancarias, y la importación y producción local de algunos bienes como los derivados del tabaco y del alcohol, incluyendo las cervezas, los electrodomésticos, vehículos y otros.
 5) Impuesto a las Operaciones Inmobiliarias, que grava con un 3% la venta de inmuebles y sus mejoras y con un 2% las Hipotecas.
6) Impuesto sobre Sucesiones, que grava con un 3% los bienes que se heredan por la muerte de una persona.
7) Impuesto a las Donaciones, que grava con un 25% las donaciones, incluyendo aquellas que se hacen de un padre a un hijo.
8) Impuesto a los Combustibles Fósiles, que grava con un 13% la importación y producción local de combustibles, además de impuestos específicos para cada combustible.
 9) Impuesto a las Bancas Deportivas y Bancas de Lotería, que grava con un impuesto fijo y otro porcentual estos negocios.
 10) Impuesto a los Casinos, que grava las mesas de juegos instaladas en los casinos de juegos de azar.
11) Impuesto a las Máquinas Tragamonedas, que grava con un 5% las operaciones brutas de estas máquinas.
12) Impuesto sobre el Capital de las Compañías, que grava con un 1% el capital de las mismas, solo al momento de su formación o aumento de capital.
 13) Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), que grava con un 1% los inmuebles de las personas físicas. 14) Impuesto a los Vehículos de Motor, que grava con un impuesto de hasta RD$2,200.00 las placas y con un 2% su transferencia.
 15) Impuesto a las zonas francas comerciales, que establece una contribución de un 5% sobre el monto total de sus ventas brutas.
 16) Impuesto a las zonas francas de exportación, que establece el pago de un 2.5% sobre el valor de sus ventas brutas realizadas en el mercado local.




II.- Aduanas.

 1) Impuestos a la Importación de Bienes, incluyendo Arancel, ITBIS y derechos portuarios.
 2) Los Impuestos Selectivos al Consumo y de combustibles fósiles derivados de la importación.

 III.- Parafiscales. 

 Son impuestos que no entran directamente al erario público, sino a un órgano especializado, pero que deben ser pagados por los particulares. Los principales son:
 1) El Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep), que implica un pago de un 1% de la nómina mensual.
 2) La Seguridad Social, que abarca cerca de un 20% del monto de los salarios.
3) Los Fondos de Pensiones, incluyendo obreros de la construcción, trabajadores metalmecánicos, choferes y trabajadores portuarios.

 IV.- Municipales.

 Son arbitrios exigidos por los ayuntamientos, entre los cuales se citan el Registro Civil, la publicidad exterior, incluyendo letreros y vallas, cierre de vías, rampas, parqueos, pozos filtrantes, hoteles y moteles, toldos, drenajes pluviales, estaciones de gasolina, lavaderos de vehículos o carwash, remolques de vehículos y recogida de basura. Además, arbitrios sobre la construcción de subestaciones y plantas productoras de electricidad con fines comerciales, por los muelles para fines turísticos y/o de carga y descargas, por torres metálicas para soporte de antenas para comunicaciones y de mas usos a fines comerciales, y las antenas para uso de radio, televisión y demás comunicaciones de fines comerciales.

 V.- Conclusión:


 ¿Cree usted que en el país hay pocos impuestos? 

¿QUÉ ES LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS INTERNOS?

 La Dirección General de Impuestos Internos es la institución que se encarga de la administración y/o recaudación de los principales impuestos internos y tasas en República Dominicana. La DGII surge con la promulgación de la Ley 166- 97, que fusiona las antiguas direcciones generales de Rentas Internas e Impuestos Sobre la Renta. En fecha 19 de julio del año 2006 se promulgó la Ley No. 227- 06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio a la Dirección General de Impuestos Internos.






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Oferta inmobiliaria crece en la Jacobo Majluta


Oferta inmobiliaria crece en la Jacobo Majluta, Santo Domingo Norte



La avenida Jacobo Majluta, desde finales de la década de los 90 inició su despegue como zona potencial para el desarrollo de proyectos inmobiliarios.
Uno de los principales proyectos de viviendas que se empezó a construir en esta parte de la ciudad de Santo Domingo fue el de “Ciudad Modelo”, del Grupo Moya, el cual motivó a otros constructores a hacer grandes inversiones, luego de la crisis inmobiliaria, en estilos de viviendas que se adaptan a diferentes clases sociales.
En la actualidad, además de otras compañías que construyen en la avenida Jacobo Majluta, Constructora Bisonó tiene una alta inversión en proyectos de viviendas ubicados en esta zona que comprende 126 edificios de tipo apartamentos y 44 casas para un total de 1,052 unidades.
Las viviendas tienen costos que van desde 1.8 millón hasta 4 millones de pesos.
“Hay varias inversiones en toda la Jacobo Majluta, lo que demuestra la confianza de parte esta Constructora, que ha demostrado ser líder en materia de construcción”, y en la actualidad los proyectos están vendidos en un 80%.
Algunas  empresas están  iniciando otra etapa del proyecto de casas en ciudad de los jardines, debido a que la primera etapa se agotó completamente.
Las viviendas que se construyen actualmente en este sector, Constructora Bisonó fue la empresa que llevó a cabo los proyectos “El Dorado II y III”, “Ciudad Bonita” y Villa de los Milagros, con los que suman alrededor de 3,000 unidades las construidas hasta el momento por esta empresa.
 Las ventajas que representan vivir en esta zona, aunque está retirada de la ciudad en términos de distancia, realmente en términos de tiempo no es tan lejos debido a que cuenta con rutas de acceso que facilitan el rápido flujo del transporte.
“Desde  la Jacobo Majluta hasta la República de Colombia son 4 minutos y desde aquí hasta el Jardín Botánico, que ya estamos hablando de la ciudad, son 8 minutos”, hay otros lugares más cerca que requieren de más tiempo para llegar al centro de la ciudad.
Los apartamentos y casas que se construyen en la avenida Jacobo Majluta se llevan a cabo cumpliendo con los estándares de calidad y seguridad y con atractivos diseños que han permitido que muchas familias, principalmente jóvenes, se trasladen a vivir en esta zona.
Se considera favorable el crecimiento inmobiliario en la parte norte de la ciudad de Santo Domingo, porque viene a reducir el déficit habitacional y sus habitantes se pueden conectar de una forma rápida con el centro de la capital.
“El crecimiento inmobiliario de la Jacobo Majluta ya es una realidad y la expansión de la parte norte de la ciudad yo creo que es correcta para descentralizar el crecimiento horizontal que tenía la ciudad que ya estaba pegando con Haina en San Cristóbal.
“En esa ubicación se están construyendo apartamentos desde un millón y medio con todos los servicios que requiere una familia”,
Yo creo que el municipio de Santo Domingo Norte es el que tiene más tierra urbana y la planificación en el entorno de la Jacobo Majluta dado el desarrollo que la ciudad a adquirido con el metro de Santo Domingo. 










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